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Atención telefónica
4941-0003/6330/5241
L a V de 9 a 17 Hs.

Línea gratuíta
0800-666-2333

Afíliese y acceda a una cobertura médica de primer nivel

Asesórese presencial o telefónicamente por nuestro personal altamente capacitado y afíliese a la Obra Social de las Asociaciones de Empleados de Farmacia.

OSADEF facilita a todos los empleados de farmacia la realización de sus trámites en Sede Central y Delegaciones tanto de forma presencial como telefónica.

Acceda aquí a las direcciones de la Sede Central y delegaciones de OSADEF en todo el territorio argentino

Credenciales

Instructivo para la afiliación a la Obra Social de las Asociaciones de Empleados de Farmacia

Para tramitar la credencial de OSADEF, todo empleado de farmacia podrá realizar la gestión personalmente o en delegaciones de la filial. A estos efectos, deberá presentarse con la siguiente documentación:

Titular

  • DNI del solicitante y fotocopia de las dos primeras hojas.

  • Alta temprana.

  • Ultimo recibo de haberes.

Cónyuge o concubino/a

  • Certificado de matrimonio o de convivencia (original y fotocopia).

  • DNI y fotocopia de las dos primeras hojas.

  • Negativa de ANSES.

Hijos solteros menores de 18 años

  • Partida de nacimiento (original y fotocopia).

  • DNI y fotocopia de las dos primeras hojas.

Hijos solteros mayores de 18 años hasta 21 años

(No emancipados por habilitación o ejercicio de actividad comercial, laboral o profesional, hijos del cónyuge o menor cuya guarda y tutela fuese acordada por autoridad judicial o administrativa)

  • Partida de nacimiento (original y fotocopia).

  • DNI y fotocopia de las dos primeras hojas.

  • Certificación de ANSES, que acredite la ausencia de cobertura de salud a nivel nacional, provincial y municipal.

  • Certificado de estudios regulares emitido por autoridad oficialmente reconocida por el Ministerio de Cultura y Educación.

Hijos solteros mayores de 21 años y hasta 25 años inclusive

(Que esté a exclusivo cargo del afiliado de farmacia titular y que curse estudios regulares reconocidos por el Ministerio de Cultura y Educación)

  • Partida de nacimiento (original y fotocopia).

  • DNI y fotocopia de las dos primeras hojas.

  • Negativa de ANSES.

  • Certificado de estudios regulares emitido por autoridad oficialmente reconocida por el Ministerio de Cultura y Educación.

Hijos incapacitados a cargo del afiliado titular

  • Partida de nacimiento (original y fotocopia)

  • DNI y fotocopia de las dos primeras hojas

  • Certificado de Discapacidad otorgado por el Ministerio de Salud, de acuerdo con el Art. 3° de la ley N° 22.431.

Hijo/a de Concubina/o ó Cónyuge

  • Documentación que acredite la identidad del menor

  • Certificado de nacimiento y fotocopia

  • Información sumaria

  • Certificado de CODEM negativo del padre o madre biológicos, expedida por la ANSES.

Ascendientes (Padre o madre)

Deben convivir con el afiliado titular y recibir el mismo manifiesto trato familiar.

  • Los ascendientes y descendientes por consanguinidad que se encuentren a cargo del beneficiario titular, fijándose un aporte adicional del 1.5 % por cada persona.

  • Información sumaria que acredite el vínculo.

  • Certificado de convivencia en el mismo domicilio que el titular.

  • Certificación de ANSES, que acredite la ausencia de cobertura de salud a nivel nacional, provincial o municipal.

Opción de cambio

  • Copia amarilla del formulario de opción de cambio, realizada tres (3) meses antes.

  • Ídem, Documentación a presentar para el Titular y su grupo familiar.

Monotributista

  • Formulario 184 F completo, de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

  • Primer comprobante de pago (Original y Fotocopia), en el caso de iniciarse como monotributista.

  • Para acceder a la cobertura médica del Programa Médico Obligatorio (PMA), sin el acceso progresivo que marca la Superintendencia de Servicios de Salud, deberá presentar los 3 (tres) y/o 6 (seis) últimos comprobantes de pago (original y fotocopia), para constatar la antigüedad del monotributo.

  • Ídem, Documentación a presentar para el Titular y su grupo familiar.

¿Quiénes no pueden afiliarse?

  • Los familiares, convivientes o no cuando sean titulares de un beneficio previsional.

  • Los familiares, convivientes o no cuando estén afiliados en cualquier carácter a una Obra Social inscripta como Agente de Salud, distinta de esta.

Todo afiliado a la obra social de empleados de farmacia, sea titular o familiar a cargo, estará obligado a realizar el trámite de renovación de su credencial, al vencimiento de la misma.

Utilización de los Servicios

  • El afiliado y su grupo familiar, tendrá acceso a los distintos servicios que brindan las Instituciones y/o profesionales médicos, detallados en la Cartilla de Prestadores Asistenciales, en la modalidad prestacional, para lo cual se encuentran habilitados.

  • Se validan y autorizan las prestaciones médicas, por sistema Posnet y/o Online, con la presentación de la Credencial, en los prestadores de Cartilla autorizados a tal fin.

  • Otra alternativa: concurrir a las delegaciones, para la autorización en forma personal o vía e-mail.

Utilización de los Servicios

La Obra Social de las Asociaciones de Empleados de Farmacia cuenta con una línea gratuita para que usted y su familia puedan realizar consultas sin cargo y para su comodidad desde cualquier punto del país al 0800-666-2333.

Su llamado será atendido a la brevedad si necesidad de pasar por operadores telefónicos y quedar en espera. Además, podrá utilizar el servicio telefónico tradicional de cada delegación, en los horarios establecidos para la atención al beneficiario.

Centro de Atención Telefónica y Personal

Tel. Fax.: 4941-0003/6330/5241
Tel. Fax.: 4941-8015/5386/3897
Horario: Lunes a Viernes de 9 a 20 hs.

Call Center

Teléfono: 0800-345-0299.
Horario: Lunes a Viernes de 20 Hs. a 8 Hs. Sábados, Domingos y Feriados las 24 Hs.

Usted también puede dirigir su consulta o sugerencia a: central@osadef.org.ar

¿Quiénes no pueden afiliarse?

  • Los familiares, convivientes o no cuando sean titulares de un beneficio previsional

  • Los familiares, convivienntes o no cuando estén afiliados en cualquier carácter a una Obra Social inscripta como Agente de Salud, distinta de esta.